lunes, 28 de abril de 2008

Contrabando de pescados del Paraná

ENVIADO POR S.O.S. PARANA
24/04/2008
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Habría exportado sábalos por aduanas de ciudades en las que no existe esa especie
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Denuncian penalmente al Frigorífico de pescado Epuyén por contrabando agravado
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Tres de los cuatro frigoríficos de pescado que funcionan en Entre Ríos, entre ellos Lyon City de Diamante, denunciaron ante la Justicia Federal de Paraná a la empresa de Epuyén SA, por el supuesto delito de contrabando agravado. En la maniobra ilícita estarían involucrados, además del titular de la firma, el empresario Oscar Poletti, funcionarios del Senasa y de la Aduana Nacional.


Por Fabián Vivot (*)
La presentación la hizo el abogado diamantino Luis Stello, apoderado legal de la Cámara de Frigoríficos de Pescado de Entre Ríos, que conforman las empresas, Curimba SA, Pescanor SRL y Lyon City SA, las que también otorgaron facultades al mediático abogado capitalino Fernando Burlando, para que inicie actuaciones en Buenos Aires.
El escrito de 38 páginas fue presentado en la Justicia Federal de Paraná por el presunto delito de "contrabando agravado por la intervención de un funcionario público, en forma reiterada y en concurso ideal" y de "contrabando documentado" contra el responsable y los integrantes del directorio de Epuyén SA, Oscar Poletti, con domicilio en Avenida Belgrano y Dorrego de Victoria.
Stello solicitó en la misma acción que se individualice e investigue la conducta del médico veterinario del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), cuya intervención en la constatación de los stocks remanentes de sábalo de Epuyén habría facilitado la maniobra del frigorífico.
Huellas y estragos
Las sospechas sobre el proceder de Epuyén, la empresa más grande de Entre Ríos en cuanto a su capacidad de extracción y exportación de pescado, comenzaron mucho antes de que el gobierno nacional decidiera imponer una veda total para la pesca del sábalo y prohibiera a principios de 2007 las ventas al exterior de esta especie, ante la alarma accionada por entonces por los científicos del Conicet, los grupos ecologistas y hasta los propios pescadores, que habían comprobado un marcado descenso de la especie en el río Paraná.
La firma fundada por Oscar Poletti, un empresario pesquero marplatenese que decidió probar suerte con su actividad en las aguas dulces del Paraná después de algunos escándalos y resonadas causas judiciales que lo tuvieron como protagonista a fines de los años 80 y principios de los 90, logró posicionarse raudamente como la compañía de pesca de especies de río más portentosa de la Argentina.
Desde la Aduana de Diamante, Epuyén fletó a partir de ese momento miles de toneladas de sábalos (Prochilodus Platensis), bogas (Leporinus Maxillosus), tarariras (Hoplias Malabaricus), bagres (Pimelodus Clarias), patiés (Luciuspimelodus Pati), entre otras especies a los voraces mercados de Colombia, Brasil, Bolivia y Nigeria.
Sus prácticas empresarias despertaron casi enseguida todo tipo de cuestionamientos en los pescadores y acopiadores, quienes acusaron a Poletti de estar sometiéndolos a un virtual régimen de cautiverio comercial, pues su control sobre el mercado llegó a ser omnipresente.
Pero Epuyén no era la única empresa que había avizorado que un magnífico negocio yacía bajo las aguas marrones del Paraná, y muy pronto emergieron otras empresas competidoras. En Victoria se instalaron Curimba SA y Pescanor SRL, en tanto que en Diamante surgió Transa SA, que luego dio paso a Lyon City SA.
A principios de 2002, con el fin de la convertibilidad y el advenimiento de un dólar a más de tres pesos, se inauguró una época dorada para el sector que, como muchos especialistas lo anticiparon, causó un impacto importante en toda la cuenca del Paraná, debido a la ausencia de un marco regulatorio formal y coordinado en ambas márgenes del río, ni controles provinciales eficientes que pusieran coto a la literal depredación que se desató.
Reacciones
Mientras los cruces de acusaciones entre pescadores comerciales, acopiadores, exportadores y otros eslabones de la cadena arreciaban, a mediados de 2006 la virtual situación de exterminio de las especies ictícolas de aguas continentales, específicamente las de la cuenca del Río Paraná y del Río de la Plata, generó la conciencia generalizada de que era imprescindible instrumentar medidas para su protección.
Algunas provincias se hicieron eco de esto y modificaron sus leyes de pesca. Santa Fe, por ejemplo, fue pionera con la redacción de la ley 12.212, donde no sólo estableció cupos sino también que reguló las medidas de las mallas utilizadas para capturar estas especies con fines comerciales. Entre Ríos, todavía está en deuda en esta materia, ya que sólo reaccionó mediante decretos del Poder Ejecutivo y resoluciones de la Secretaría de Producción.
La gravedad hizo llegar el reclamo a la Nación, y el Congreso, a través de distintos proyectos advirtió sobre el estado de emergencia de la actividad pesca de río, en especial en lo relativo a la pesca del sábalo.
En ese contexto, paulatinamente Curimba, Pescanor y Lyon City optaron por romper con las tradicionales prácticas corporativas tantas veces observadas en Entre Ríos, y comenzaron a sindicar a Epuyén y a otras firmas de Santa Fe, como las responsables del deterioro del recurso.
Es que el descenso pronunciado del nivel del río, más la presión irracional del frigorífico de Victoria era evidente: los trabajadores del río casi no encontraban sábalos en las lagunas y bañados de Victoria y Diamante, por lo que debían contentarse con las carpas, una especie asiática cuya masiva introducción en la cuenca del Paraná todavía es materia de investigación, y que floreció en el hábitat vaciado de sábalos.
A los frigoríficos no les llevo demasiado comprender que su subsistencia estaba atada a la suerte del sábalo, y en el último semestre de 2006 hicieron llegar a la Dirección de Recursos Naturales y la Secretaría de la Producción de Entre Ríos, numerosas notas sugiriendo acciones correctivas, entre ellas la imposición de una larga veda, que permitiera la recuperación de los peces.
No obstante, no hubo sino conversaciones formales y promesas incumplidas por parte de las autoridades de entonces, hasta que el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Resolución 2/2007 dispuso la suspensión de las exportaciones de especies comerciales de la Cuenca Parana­Platense hasta su desembocadura en el Río de la Plata, por un período de ocho meses.
Hecha la ley…
Dichas restricciones debía cumplir con los presupuestos mínimos de conservación que permitiera la recuperación del recurso y tenían como objetivo "un adecuado manejo de las especies involucradas para asegurar su sustentabilidad y obtener un equilibrio del sistema de las pesquerías continentales del área".
La medida se firmó ante las consabidas amenazas de algunas empresas sobre despidos masivos de trabajadores, que derivó en la creación de subsidios para los pescadores afectados por sus alcances.
Pero si bien se prohibió por ocho meses (desde el 4 de enero de 2007) la exportación de las especies ictícolas fundamentalmente el sábalo, se autorizó a los frigoríficos a exportar el stock que tenían en sus plantas al momento del dictado de la resolución, siempre "que estuviere amparado por cartas de créditos o pagado total o parcialmente".
El gobierno entrerriano ordenó, mediante la resolución N° 01/07 del 05/01/2007, la veda de la pesca de la especie sábalo en todo el territorio provincial, facultando a la Dirección de Fiscalización de la Provincia de Entre Ríos, para que constatara presencialmente la existencia de pescado en cada uno de ellos.
El relevamiento ordenado determinó que los cuatro frigoríficos tenían en sus cámaras las siguientes cantidades de sábalo:
Epuyén SA: 688.260 kg; Curimba 226.350 kg; Lyon City 120.062 kg; y Pescanor 50.948kg.
Pero curiosamente, Epuyén siguió exportando a un ritmo todavía mayor al habitual, el dato figura en los archivos de la AFIP, ya que según consta en los registros del organismo, a pesar de la prohibición absoluta que regía vendió sábalos por 2.123,29 toneladas, lo que importa un exceso de 1.435,03 toneladas respecto al stock habilitado, y que configura uno de los elementos claves de la denuncia presentada en los tribunales federales contra Poletti.
Complicidades
Pero lo que también revela este hecho es que Epuyén debió contar con la complacencia de determinados estamentos oficiales.
De allí que el abogado de los frigoríficos demandantes promueve una investigación que detecte quiénes participaron de las maniobras.
"Las exportaciones de las reservas (stock) debían hacerse mediante una declaración jurada suscripta por el titular o responsable de la empresa conjuntamente con el veterinario de Sensa, en la que se hacía constar que dicho embarque correspondía al almacenaje de pescado existente al momento del dictado de dicha resolución, con especificación de la cantidad de pescado remanente que quedaba del stock originario", recuerda en su escrito Stello.
Vale decir, que el control aduanero de la exportación de los stock al 04/01/07 de cada empresa, pasaba solamente por la declaración del responsable de la firma exportadora con la refrendación de tal circunstancia por parte del veterinario de Senasa, quien parece no haberse dado cuenta que Epuyén giraba al exterior más pescado del que tenía en sus bodegas.
En concreto, los frigoríficos acusan a Epuyén de haber falseado su declaración jurada respecto al stock, presuntamente con la connivencia del veterinario del Senasa.
Pero también señalan que la cantidad de sábalo exportada en exceso, fue realizada mediante varios embarques, todos ellos a través de Aduana Diamante, lo que supondría la reiteración de hechos delictivos.
"No puede perderse de vista, como hipótesis, que la forma más lógica para consumar las exportaciones irregulares, debe haber sido a través de la formulación de declaraciones juradas falsas con la intervención del veterinario de Senasa. Por lo cual, cabría también identificar al veterinario interviniente, para evaluar su condición de partícipe necesario del supuesto delito", expresa la denuncia.
Añade que, de ser así, "este funcionario, en términos de hecho delictuoso, habría provocado con su intervención –léase firma– y en ocasión de sus funciones como veterinario oficial, un acto que impidió el debido control Aduanero, provocando un tratamiento distinto al que correspondía al permitir que se exporte mercadería cuya exportación estaba prohibida".
Indicios
En realidad, los frigoríficos afectados por las prácticas de Epuyén presentían que algo raro estaba ocurriendo, incluso, antes de que tuvieran acceso a los datos de la AFIP o la Aduana. Es que de buenas a primera sus compradores de Colombia y Brasil, dejaron de demandar sus pescados, aduciendo que tenían sobrecargadas sus reservas.
Este dato sorprendió a los empresarios, porque si algo estaba claro a mediados del año pasado era que el sábalo escaseaba y su exportación seguía prohibida.
Uno de los propietarios de un frigorífico confió que decidió viajar personalmente a Colombia para indagar in situ lo que estaba pasando.
"Entonces me topé con una realidad incontrastable: nuestros compradores estaban saturados de sábalos de medidas mucho más pequeñas que las permitidas y todos reconocieron estar abasteciéndose de Epuyén".
-¿Esto fue durante la veda?, se preguntó.
-Sí, en pleno período de prohibición y también más adelante, realmente nuestros mercados tradicionales están atiborrados de sábalo. Entonces no nos quedaron más dudas de que alguien estaba sacando partido de la situación.
-¿Le dijeron a quién le estaban comprando la mercadería?
-Sí, según nos aseguraron, que el sábalo provenía de Epuyén.
Pero las pruebas que dan crédito a la denuncia se siguieron acumulando. Más allá de que la falsedad de las declaraciones juradas de Poletti, parecen irrefutables, es evidente que la mercadería exportada sobrepasó la cantidad de pescado almacenado, porque la citada firma no cuenta con la capacidad para almacenar esos volúmenes, "por lo cual se infiere que nunca pudo tener en stock dicha cantidad de mercadería, al momento del dictado de la mentada resolución ministerial".
El silencio de Amavet
A los empresarios que decidieron enfrentar a Poletti nunca les cerró la pasividad de las anteriores autoridades provinciales ante estos hechos. En la denuncia consignaron que oportunamente "se puso en conocimiento de manera directa e informal a las autoridades provinciales respecto a la irregularidad detectada", pero que nunca recibieron una respuesta.
Llegaron a efectuar una presentación formal ante el ex subsecretario de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales de la provincia de Entre Ríos, Ricardo Amavet, en los siguientes términos:
"Los que suscriben se dirigen a Ud. a efectos de puntualizar que, hemos observado y advertido con preocupación, en la página web de Aduana Argentina, que varias empresas del rubro exportación de pescado de río han procedido a exportar sábalo, en el período 01/01/2007 al 31/05/2007, en cantidades superiores al stock corroborado por esa Dirección a su digno cargo al inicio de la veda y prohibición de exportación que rige desde el 01/01/2007. Que, de ser corroborada la especie, ello configuraría, al menos una gravosa sino delictuosa trasgresión a las normas impuestas por la Provincia de Entre Ríos, conjuntamente con la de Santa Fe en coordinación con la Nación…"
El documento que obra como prueba de la presentación y que tiene por estas horas sobre su escritorio el fiscal Federal Mario Silva, advertía a Amavet que esa maniobra representaba además, "una felonía a la lealtad comercial, a partir del aprovechamiento de una situación que parte del directo y eventual doloso incumplimiento de normas imperativas que la Provincia y la Nación debían estar comprometidas a controlar su cumplimiento".
Concretamente los frigoríficos dijeron estar "altamente afectados" en sus intereses económicos, "a lo que accedimos en vista a la sustentabilidad del recurso natural como forma de lograr un equilibrio entre el cuidado del medio ambiente y la continuidad empresarial". Sin embargo, se quejaban ante el ex funcionario de que el "único efecto eficiente de la medida ha sido beneficiar a sus incumplidores ya que durante el período de prohibición accedieron en forma monopólica a los mercados de venta y de compra, a la vez de neutralizar la pretensión de preservación de sábalo".
Pero aunque solicitaron que se arbitraran medidas a fin de frenar la situación, nunca recibieron una contestación de Amavet, ni observaron reacción alguna a favor de su requerimiento.
Secuencia posterior
Para colmo, con la apertura de la exportación mediante el sistema de cupos, que sobrevino más tarde Epuyén volvió a sacar ventajas de sus competidoras, vendiendo supuestamente ilegalmente cantidades pescado muy por encima de lo que tenía asignado.
En efecto, a Epuyén se le adjudicaron 1.300 toneladas para exportar, pero no obstante lo cual, esta firma, según figura en la página web oficial de la AFIP/Aduana (www.afip.gov.ar) al 30 de noviembre del año pasado había exportado 1.544,08 toneladas, o sea, 244,08 toneladas de más.
La denuncia expresa que esta sobreexportación, fue "efectuada en reiteración de embarques, lo que implica la multiplicidad de delitos".
Al respecto sostiene que en la provincia de Entre Ríos, el organismo de control del cupo de exportación estipulado a cada empresa es la Aduana de Diamante, por ser ésta la que tiene jurisdicción respecto de los cuatro frigoríficos de Entre Ríos.
Epuyén exportó por ahí el total del cupo de sábalo que tenía permitido, pero después giró al exterior un excedente irregular utilizando otras Aduanas, "en las cuales, aparentemente, se le facilitaba sortear los controles".
Según las leyes vigentes, las destinaciones de exportación de mercadería que necesitan mantener la cadena de frío y cuyas posiciones arancelarias, "deberán ser oficializadas y controladas con carácter obligatorio en las Aduanas de la jurisdicción correspondiente al lugar donde el exportador disponga de la infraestructura necesaria para su manipulación y conservación de las mismas, para permitir el servicio aduanero y demás organismos competentes (Senasa) efectúen los controles pertinentes conforme la normativa vigente".
Por lo tanto, esta norma impide exportar por otras aduanas distintas a la de la jurisdicción (Diamante), sin embargo, se registraron exportaciones de Epuyén por fuera de cupo y desde las aduanas de Mendoza, Campana, Buenos Aires, Pocitos (Salta) e Iguazú.
"Es necesario destacar -se afirma en la denuncia penal- que el sábalo, tiene como destino principal Colombia. Dicho pescado ingresa a Colombia cuando su documentación incluye el "Certificado de Origen" para poder acceder a un arancel preferencial.
Los certificados de origen son emitidos por las Cámaras de Comercio Exterior de las provincias, que a su vez tienen habilitación de la Nación (Secretaría de Comercio, Área Originen). La Cámara de Comercio Exterior de la provincia de Entre Ríos certifica la exportación de Sábalo por ser producción de la provincia de Entre Ríos.
En Mendoza, en los últimos tres años ha trascendido la emisión de múltiples certificados de origen en forma irregular, y aunque la Cámara de Comercio Exterior de Cuyo tiene autorización para emitir Certificados respecto a productos de origen regional, el Sábalo no proviene de esa provincia, de donde –obviamente– no puede pescarse.
Este detalle singular hace presumir que la mecánica operativa de Epuyén, "provocadora de la exportación de sábalo en exceso en relación cupo legal permitido, importa, en principio, la presencia de la figura de contrabando agravado", afirma el abogado Stello en su presentación.
La inercia de la impunidad
Alentado por el éxito de sus negocios el empresario Poletti insistió en los últimos meses con sus prácticas poco transparentes, exportando a fines del año pasado, según consigna la AFIP, 777,60 toneladas, es decir 577,60 toneladas más que las 200 permitidas como paliativo por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación a pedido de los frigoríficos.
De acuerdo a los registros oficiales, habría utilizado el mismo procedimiento anterior, a través de las permeables aduanas mencionadas.
El 29 de noviembre último se promulgó la Ley Nacional 26292 por la cual se declaró el estado de emergencia de la actividad "pesca de río" en el río Paraná, por el término de un año. Un mes más tarde, la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación fijó un cupo de 12 mil toneladas para la exportación de sábalos, para el año 2008, del cual a Entre Ríos le corresponde un 44,17%.
"Nosotros estamos de acuerdo con estas medidas, las que por otra parte han surgido como iniciativa nuestras porque somos los más interesados en preservar el recurso ya que nuestra actividad depende que la fauna ictícola se mantenga", dijo otro empresario del sector.
Pero aclaró que el bajo nivel del río que se registra desde hace un año les ha impedido capturar sábalos, por lo que han presentado diferentes pedidos para que se reabra la exportación de otras especies que no corren peligro como bogas, tarariras o patíes.
"Es necesario que acá no se meta a todos en la misma bolsa y se nos castigue por igual, porque además de la inversión empresaria, la mano de obra que generamos, y la cadena de valor que hemos empezado a introducir en la industria, la mayoría de los frigoríficos hemos modificado conductas y trabajamos cumpliendo con especial celo todas las disposiciones. Y esto no son sólo palabras, lo ratificamos con hechos, como con esta denuncia que hacemos contra quien ataca la credibilidad del sector y nos ha dañado fuertemente", agregó la misma fuente en directa alusión a Epuyén.
Si bien los denunciantes son optimistas respecto a que el gobierno de Sergio Urribarri tendrá un compromiso más firme a favor del cuidado del recurso y abren el paraguas porque advierten que sufrirá presiones "muy importantes".
"Nosotros podemos dar fe del nivel beligerancia que pueden manifestar estos intereses, no es casual que quienes hayamos radicado esta denuncia hayamos empezado a percibir, en los últimos días, algunos apremios y requisitorias extrañas de distintos sectores".
-¿Del gobierno, también?
-Digamos que de alguna área puntual, sí, efectivamente.
Pero el interlocutor no quiso avanzar más allá de lo que su instinto de curtido empresario le dictó en ese momento.
Cuestión de pesos
Ahora, para lo que no tuvo reparos ni demoras fue para cuantificar los montos de las operaciones de Epuyén.
"El cálculo que manejamos, es que sólo por exceso de sábalo, en 2007 las operaciones de esta empresa habrían alcanzado las 2.256,80 toneladas, lo que traducido en efectivo equivalen a casi dos millones de dólares, 1.1.805.440, para ser más exactos".
A valor de hoy, esa cifra representa.5.723.244,80 de pesos.
Aunque cada mercado maneja precios distintos, en promedio, cada tonelada de sábalo importa el valor de 800 dólares, y cada contenedor carga entre 25 a 26 toneladas lo que representa entre 20.000 y 20.800 dólares.
Resulta interesante analizar que en razón de lo expuesto, mediante las irregularidades denunciadas consistentes en evitar el control aduanero, Epuyén habría obtenido un triple efecto:
1)- Efectuar ventas prohibidas por el valor de $. 5.723.244,80;
2)- Adquiriendo un posicionamiento frente a los compradores en el mercado internacional de sábalo;
3)- Desestabilizar la competencia local respecto a la venta en el mercado internacional.
Ni más ni menos que lo hecho en su momento por Estrella de Mar, en Mar del Plata, una empresa que hizo escuela, modificando algunos refranes del saber popular, como ese que dice: "A río revuelto…ganancias de embaucadores".
Naufragios
Oscar Poletti siempre fue una persona hábil para vincularse con el poder de turno y conseguir socios influyentes para sus emprendimiento. Por caso, participó con Héctor Antonio, hijo del fallecido y poderoso empresario Jorge Antonio, la titularidad de la firma pesquera Estrella de Mar.
Se trato de una firma que no dejó el mejor recuerdo en La Feliz, aunque su nombre saltó a la fama vertiginosamente. El 12 de julio de 1988 Estrella de Mar apareció en las tapas de los principales diarios del país en medio de la denominada Operación Langostino, la primera gran causa de narcotráfico en la Argentina.
A través de distintos procedimientos la Policía Federal, secuestró 587 kilos de cocaína ocultos en cajas de langostinos congelados.
La droga, de máxima pureza, que habría llegado a la Argentina procedente de Bolivia y llevaban el sello del cartel de Medellín, iba cuidadosamente empaquetada en cajas de Estrella de Mar.
Antonio era por entonces presidente de la empresa y Poletti su vice.
Por esa causa resultaron condenados Jorge Franciso Alonso, a 20 años de prisión; Alberto Fagoaga y Walter Karlikowski, a 18 años de prisión; Eduardo Ullúa, a 17; Arroyave Arias, a 13; Emilio Puerto a 12; Roberto Quesada, a 11 y Eduardo Kobylarz, a 7 años y medio.
Una fuente de la Justicia Federal citada a mediados del año pasado por el diario La Nación sostuvo que las condenas impuestas en la Operación Langostino, "han sido las más severas dictadas en la historia del fuero en lo penal económico".
Sin embargo, por ese tiempo Elisa Carrió retrucó, señalando que en esa causa, "dejamos a actuar a la Justicia y así nos fue: en la Operación Langostino se borraron todos los jueces, como en la quiebra fraudulenta de Estrella de Mar también".
En realidad Poletti y Antonio fueron desvinculados de ese caso, pero el desprestigio y las sospechas afectaron su imagen y la empresa naufragó en medio de otro escándalo. Ambos propietarios terminaron procesados penalmente por "Fraude laboral en proceso de quiebra", por el vaciamiento de Estrella de Mar que siguió al escándalo.
Sin embargo, luego se vieron beneficiados por la demora judicial en el tratamiento de sus causas y lograron la prescripción de la acción penal por quiebra fraudulenta de varias empresas subisidiarias, lideradas por Estrella de Mar, su buque insignia.
(*) Especial para Diamantenoticias y Análisis.

lunes, 21 de abril de 2008

GLIFOSATO: DELITO AMBIENTAL

Subject: DELITO AMBIENTAL Y AMENAZAS EN ROMANG
Date: Sat, 19 Apr 2008 22:47:47 +0200



Delito ambiental y amenazas en Romang


“Si yo digo verde , a que usted no piensa en el camalote,
y si digo agua , usted no imagina el Paraná.
Diciembre lo arranca, desata su nudo con la madreselva,
y con él viene el agua, el viento del norte y la yarará…”
(Mario Corradini, “Río de camalotes”)






(ANTES Y DESPUÉS)

Así fueron los hechos:

-“Porqué no te dejás de joder con el Round Up, qué pruebas tenés de que contamine el río si no tenés título universitario que avale tus dichos..”
Palabras más, palabras menos, así lo increparon a un integrante del grupo ecologista “Planeta azul” de Romang , en su propia casa, tres pseudo-empresarios reconocidos en el pueblo,con poder económico y un historial de influencias nefastas , al puro estilo feudal.
Otros testigos, manifestaron que : “Hay gente molesta por la repercusión dada al tema en la radio local “Stilo” , se quejan de no poder fumigar más con herbicidas, los camalotes que impiden la navegación de las lanchas y botes en el arroyo El Maidana”.
A pesar de informarles las consecuencias que traerá a la comunidad ésta práctica aberrante, convencerlos de volver a rastrillar los camalotes como se hacía antes, contestaron que “fumigar es más fácil”.Se los invitó también a beber un “jarrito de agua del río con glifosato” , ya que afirman que es biodegradable e inofensivo , a lo que se negaron rotundamente , acusando a los pobladores de brindar información para la nota que causó tanto revuelo: “Romang tu río no suena, llora…” publicada en medios nacionales, extranjeros, radios y diarios. La nota recibió además el apoyo invalorable desde la Dirección General de Asuntos Ambientales (Cancillería Argentina), del Grupo de trabajo de Recursos Acuáticos (Subsecretaría de Planificación y Política ambiental, de Capital Federal ) , del Subsecretario de Gestión Ambiental de Santa Fe, (Secretaría de Medio Ambiente, Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente) , receptando la denuncia y enviando el expediente a un Juzgado y de Ramsar Internacional , entre otros.
Entre los molestos se encuentra gente propietaria de islas, que tiene “ranchos” en ellas, que llevan el ganado para pastoreo o que posee cabañas y emprendimientos turísticos en la zona del desastre. Cabe destacar que están individualizados, ya que hay gente honesta que no participó nunca de las fumigaciones a pesar de tener islas o ranchos.
Gracias al aporte espontáneo de los romanences surgieron los nombres de tres personas que, a cambio de un pago, se reparten los tramos del arroyo para fumigar las costas y mantener “quemados” los bordes, libres de obstáculos.
El humedal en cuestión constituye un reservorio de agua que sirve como fuente para la recarga de los acuíferos. Los humedales son receptores de agua subterránea , cuya descarga favorece el mantenimiento de comunidades de organismos. Controlan inundaciones debido a capacidad de regulación de las crecidas y almacenamiento de las precipitaciones.
En las inundaciones del río Paraná ,los camalotes forman verdaderas balsas flotantes , sirven de refugio salvando la vida de muchos animales y transportando flora, fauna, y semillas a través del río.
La vegetación de los humedales permite también , estabilizar las costas frente a la acción erosiva del oleaje y corrientes, entre otros beneficios naturales que nos brindan.(1)

Porqué es delito:

Toda el agua que utilizamos, ya sea que provenga de una fuente atmosférica,superficial o subterránea,debe ser tratada como parte de un único recurso,reconociéndose así la unicidad del ciclo hidrológico y su importante variabilidad espacial y temporal.La conectividad hidrológica que generalmente existe entre las distintas fuentes de agua hace que las extracciones y/o contaminaciones en una de ellas , repercutan en la disponibilidad de las otras.De ello se desprende la necesidad de que el estado ejerza controles sobre la totalidad de las fuentes de agua ,dictando o haciendo cumplir la normativa para el aprovechamiento y protección de las diversas fuentes de agua como una sola fuente de suministro.(2)
La afectación al del medio ambiente constituye de por sí una actividad contraria a derecho, es decir antijurídica, ya que existiendo un derecho al ambiente sano,la ilicitud surge de la mera circunstancia de alterar ese bien.
El turismo es un consumidor de recursos naturales no renovables , recursos que por otra parte son de un gran valor y que las empresas utilizan gratuitamente, sin interesar los impactos negativos que pueda producir , trasladando el daño a todos los habitantes.
Debería privarse a las empresas contaminantes de las ganancias indebidamente obtenidas , aplicando la “Teoría del enriquecimiento sin causa”, mediante el cual quien obtiene sin causa jurídica algo a costa de otro, queda obligado a restituirlo. (1)
El delito ecológico reconoce históricamente un antecedente: Prohibiciones como la de los indígenas tobas, o “ Kom” según las cuales la caza innecesaria traía el castigo de “Nta” protector o dueño de cada especie.Los guaraníes tenían el “Chacu o Caza” , normas de respeto o limitación de la caza , según ciertos parámetros.
Sutherland define “delitos de cuello blanco” a : Los cometidos por una persona respetable, y de status social alto ,podemos incluir el delito ecológico dentro de aquellos, al decir de Beloff, “delitos de cuello verde” , cuyo móvil es el máximo beneficio sobrepasando el límite legítimo de ganancia , el provecho a cualquier precio .
Sin embargo la criminología ha demostrado que los sistemas penales, lejos de afirmar la igualdad ante la ley, operan de acuerdo a un elevado margen de selectividad ,que hace que la delincuencia de cuello blanco sea impune, lo que hace que las clases bajas ,productores de pequeños delitos, sean la presa fácil y excluyente del poder penal represivo. (1)

Que leyes se vulneraron :

El Art. 41 de la Constitución Nacional establece que : “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.(..)
-Nuestra Constitución es la primera en receptar el concepto “apto para el desarrollo humano” establecido en el (PNUD) Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
Ley general del ambiente, 25.675:
Art. 28: Daño ambiental : es toda alteración que modifique negativamente al ambiente,sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas .o los bienes o valores colectivos. Quien cause daño será objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior a su producción. Si no es técnicamente factible ,la justicia ordinaria interviniente determinará la indemnización sustitutiva.
Art 31: Si en la comisión del daño colectivo hubieran participado una o más personas, o si no fuere posible la determinación precisa del daño aportado por cada responsable, todos serán responsables solidariamente.(tal como sucede con los coautores o copartícipes de un hecho ilícito, según arts. 1081 y 1109 párrafo 2º del Código Civil)
Código Penal : “Delitos contra la salud pública” y Ley 24.051 , de Residuos peligrosos:
El legislador se basó en un concepto antropocéntrico , cuidar la salud y vida humana , cuyo fin último no es el medio ambiente , pudiéndose ver que la persecución del delito ambiental en nuestro Código es escasa y poco específica.
Art 45: La presunción es “iuris tantum”: todo residuo peligroso es cosa riesgosa ,también en los términos del art. 1113 párrafo 2º del Código Civil.
Art 55: será reprimido con las mismas penas establecidas en el art. 200 del Código Penal “el que envenenare,adulterare o contaminare de un modo peligrosos para la salud, el agua la atmósfera o el ambiente en general.(de 3 a 10 años de prisión).Si el hecho fuera seguido de la muerte de alguna persona ,la pena será de 10 a 25 años de reclusión o prisión.
Suele alegarse que el herbicida no es un residuo peligroso, pero la ley en su anexo II , habla de “sustancia”, quedando ése fundamento rechazado por falaz .( CSJN-LL 02/12/1999,”Contaminación de arroyo Sarandí” y Convenio de Basilea ratificado por Ley 23.922/91)

Responsabilidad del estado:

Es la imposibilidad de generar un beneficio social acorde con lo que requiere la actividad en cada momento y espacio.Sus consecuencias son las perdidas sociales,el tránsito a la reparación del daño social esta dado por la ineficiencia , salvo que los condicionantes objetivos externos,sean imprevistos,inevitables o extraordinarios, hay una presunción de responsabilidad de los funcionarios públicos, por acción u omisión de gestión ineficiente o inadecuada.(1)
La Argentina apueba la Convención Ramsar sobre los humedales en el año 1991 a través de la ley 23.919 y en 1994 se crea el Comité Nacional Ramsar ,por resolución de la hoy Secretaria de Desarrollo Sustentable y Politica Ambiental, para coordinar y asesorar en relación a la aplicación de la convención sobre humedales en la argentina, y se incluyeron sitios humedales en la lista ya existente , entre ellos el Jaaukanigás, de Santa Fe.(2)
La protección del ambiente es una responsabilidad Constitucional, las autoridades no solo tienen la responsabilidad de planificar legislativamente la utilización racional de los recursos naturales,la preservación del patrimonio cultural y la diversidad biológica,sino también tienen responsabilidades directas de policía ambiental,es decir, la vigilancia y control de las actividades que sean real y potencialmente dañinas.
El daño solo aparece cuando las politicas anticipativas fracasan ,cuando los empresarios son inescrupulosos o negligentes .La indemnización como sistema de reparación individual o las multas son herramientas de baja utilidad social ,pues el deterioro del habitat ya ha sido perpetrado. (1)

Qué espera la localidad de Romang:

-Que el intendente deje de lado los miedos, temor a perder amistades ,los votos ganados o perdidos,y la cadena de favores ,firmando los informes necesarios para esclarecer el hecho y enviándolos al Juez cada vez que éste los requiera.
-Que los involucrados se abstengan de nuevas amenazas,acusaciones o comentarios mal intencionados a ningún habitante , y no empeoren su situación procesal, aún más.(Código Penal art.149 Bis sobre amenazas).
-Que la justicia actúe conforme a derecho ,castigue el delito ecológico cometido para que no se repita.
-Que se provea educación ambiental a la población y políticas de prevención municipales y provinciales ,haciendo cumplir las leyes vigentes, o de urgente creación. En toda la zona se denuncia que las Comunas fumigan parques y paseos con herbicidas y Vialidad Nacional los accesos, porque “cortar el pasto”es mucho esfuerzo.
-Que la Escuela Media Nº314,pueda continuar sus valiosas investigaciones sobre la contaminación del río , (que fueron aportados para la nota) , premiados a nivel nacional e internacional, esperando de las autoridades provinciales el apoyo científico y económico que les falta.

La gran satisfacción que ésta lucha nos deja , será que las generaciones futuras de Romang recordarán cada mes de febrero, no solo el Día de los Humedales, sino :
“El día que el Maidana lloró…”

Autora:Graciela Cristina Gomez
Abogada(UBA)-Escribana(UNR)
Romang-Santa Fe-Argentina
http://ecos-deromang.blogspot.com


Fuentes:
1- “La contaminación de las aguas desde la óptica del derecho”, Maria Isabel Hofer ,Bs As, Edit.Del país,2006,pag.28-54-55-60-63-91-217-219-220-331
2-“Daños al ecosistema y al medioambiente”, Carlos A. Ghersi-Graciela Lovece-Celia Weingarten,BsAs, Edit.Astrea, 2004,pag.36-330

MONSANTO= PLAGA GLOBALIZADA. VEAN LO QUE ESTÁ PASANDO EN LA INDIA